La efectividad del derecho a las prestaciones de dependencia incluidas en la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia se ejercitará progresivamente, de modo gradual y se realizará de acuerdo con el siguiente calendario a partir del 1 de enero de 2007:
El primer año 2007, a quienes sean valorados en el Grado III de Gran Dependencia, niveles 2 y 1.
En el segundo y tercer año, 2008 y 2009, a quienes sean valorados en el Grado II de Dependencia Severa, nivel 2.
En el tercer y cuarto año, 2010 y 2011, a quienes sean valorados en el Grado II de Dependencia Severa, nivel 1.
El quinto y sexto año, 2012 y 2013, a quienes sean valorados en el Grado I de Dependencia Moderada, nivel 1.
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